
Durante años, muchos pacientes se han encontrado con un muro difícil de derribar: el de la prueba absoluta. Aunque existiera una actuación sanitaria incorrecta, si no se podía demostrar que esa actuación fue la causa directa del desenlace final, el caso se cerraba sin reparación. Hoy, esa lógica empieza a cambiar gracias a una doctrina que reconoce algo esencial: perder una oportunidad real de curación o mejora también es un daño.
⚖️ Aviso Legal y Descargo de Responsabilidad La información expuesta en este artículo tiene un carácter estrictamente informativo y divulgativo sobre la doctrina de la pérdida de oportunidad. No constituye asesoramiento legal ni médico vinculante. Dado que el Derecho Sanitario depende de la interpretación pormenorizada de la lex artis y de la jurisprudencia vigente en cada momento, los supuestos aquí descritos pueden variar según el caso concreto. Ni sanidad.es ni los autores del contenido asumen responsabilidad alguna por decisiones tomadas basándose en esta lectura. Recomendamos encarecidamente la consulta técnica con un abogado especialista en negligencias médicas y un perito clínico antes de iniciar cualquier acción legal.
Ese cambio no surge por romanticismo jurídico ni por una súbita indulgencia hacia el paciente, sino porque la medicina real no funciona con certezas matemáticas y porque el Derecho sanitario, cuando quiere ser justo, debe mirar de frente a la incertidumbre clínica en lugar de esconderla bajo la alfombra del “no se ha probado suficientemente”.
En las líneas que siguen, se aborda qué es la pérdida de oportunidad en negligencias médicas, por qué esta figura ha ganado peso en la práctica judicial española reciente, en qué escenarios clínicos aparece con mayor frecuencia, cómo se está cuantificando en 2024–2026 y qué papel desempeñan el peritaje médico y la estrategia jurídica en su correcta valoración.
Qué es la pérdida de oportunidad en negligencias médicas
Responder a qué es la pérdida de oportunidad en negligencias médicas exige, antes de nada, abandonar una idea cómoda pero falsa: que el Derecho solo repara daños cuando puede reconstruir el pasado con certeza absoluta. En el ámbito sanitario, esa exigencia conduce con demasiada frecuencia a la injusticia.
La pérdida de oportunidad es una doctrina que permite indemnizar cuando una actuación sanitaria incorrecta priva al paciente de una probabilidad real y seria de curación, supervivencia o mejora funcional, aunque no pueda demostrarse que esa actuación haya causado directamente el resultado final.
El daño indemnizable no es el fallecimiento, la secuela o el empeoramiento en sí, sino la expectativa frustrada.
Conviene subrayarlo desde el inicio: no se indemniza una conjetura ni una posibilidad imaginaria. La jurisprudencia española insiste en que la oportunidad perdida debe ser real, objetivable y clínicamente relevante, basada en datos científicos y en la práctica médica aceptada.
La diferencia entre causalidad clásica y pérdida de oportunidad

El núcleo del debate se encuentra en el nexo causal. Y aquí el Derecho sanitario ha tenido que hacer algo que no siempre le gusta: reconocer sus propios límites.
Nexo causal directo: cuando la medicina puede ofrecer certezas
La causalidad clásica responde a un esquema sencillo:
- Existe una infracción de la lex artis
- Existe un daño
- Puede afirmarse que, de no haberse producido esa infracción, el daño no habría ocurrido.
Este modelo funciona razonablemente bien en supuestos de iatrogenia directa o errores de comisión claros. Una actuación quirúrgica incorrecta que provoca una lesión concreta encaja sin dificultad en este patrón.
El problema aparece cuando la patología del paciente ya estaba presente y tenía un curso evolutivo propio. En esos casos, la medicina no puede afirmar con certeza qué habría sucedido con una actuación correcta. Exigir una prueba absoluta equivale, en la práctica, a cerrar la puerta a cualquier reparación.
Pérdida de oportunidad: cuando lo que se pierde es una probabilidad real
Aquí es donde entra en juego la doctrina de la pérdida de oportunidad. Frente al “todo o nada” de la causalidad clásica, esta figura reconoce que la incertidumbre no debe beneficiar sistemáticamente al infractor.
La pérdida de oportunidad se configura como un daño autónomo, consistente en la privación de una posibilidad terapéutica con base científica. El Tribunal Supremo ha dejado claro que no se trata de una causalidad rebajada, sino de un objeto indemnizatorio distinto.
Dicho de forma menos académica: no se paga por lo que pasó, sino por lo que dejó de ser posible.
Casos frecuentes: dónde se aplica esta doctrina en la práctica clínica
La pérdida de oportunidad no aparece de forma homogénea en todas las especialidades. Su aplicación es especialmente frecuente allí donde el tiempo y la decisión clínica condicionan el pronóstico de manera crítica.
Oncología: retrasos diagnósticos y cambio de estadio
En oncología, hablar de tiempo es sinónimo de supervivencia. La estadificación tumoral determina opciones terapéuticas y expectativas de vida.
Un retraso diagnóstico puede permitir la progresión del tumor y cerrar ventanas terapéuticas que, en estadios iniciales, ofrecían tasas de supervivencia muy superiores. La literatura científica muestra diferencias drásticas entre estadios precoces y avanzados en múltiples tipos de cáncer (SEOM, 2024).
Desde la perspectiva jurídica, la pérdida de oportunidad se concreta en la diferencia entre la probabilidad de supervivencia en el momento en que debió diagnosticarse la enfermedad y la existente cuando finalmente se diagnosticó.
Neurología: ictus y ventanas terapéuticas
En el ictus isquémico, el concepto de oportunidad es literal. Las guías clínicas establecen ventanas temporales estrictas para tratamientos de reperfusión, como la trombólisis intravenosa o la trombectomía mecánica (AHA/ASA, 2024).
Una demora en el reconocimiento de los síntomas o en la realización de pruebas de neuroimagen puede privar al paciente de tratamientos eficaces, con consecuencias devastadoras en términos de discapacidad.
Aquí, la pérdida de oportunidad se mide en minutos y se traduce en tejido cerebral irrecuperable.
Cardiología: el tiempo puerta-balón
En el infarto agudo de miocardio, el estándar asistencial vincula directamente el tiempo de actuación con la cantidad de miocardio salvado. Superar los tiempos recomendados por causas organizativas o diagnósticas imputables al sistema sanitario implica una pérdida objetiva de oportunidad de preservar función cardíaca (Revista Española de Cardiología, 2023).
Urgencias hospitalarias y altas prematuras
El entorno de urgencias concentra numerosos supuestos de pérdida de oportunidad. No porque se exija infalibilidad, sino porque la omisión de pruebas básicas o el alta prematura sin descartar patologías graves priva al paciente de opciones terapéuticas eficaces.

Cuadro comparativo: causalidad clásica y pérdida de oportunidad
| Dimensión de Análisis | Causalidad Clásica | Pérdida de Oportunidad |
|---|---|---|
| Frontera Probatoria | Certeza fáctica o «Casi absoluta» | Incertidumbre médica inevitable |
| Objeto de Reparación | Daño físico/final (Resultado) | Expectativa de curación frustrada |
| Nexo Patológico | La negligencia genera el daño | La negligencia agrava el pronóstico |
| Cuantificación | Reparación íntegra (100%) | Indemnización proporcional o moral |
| Carga de la Prueba | Nexo causal directo y unívoco | Cálculo de probabilidad clínica perdida |
Este cuadro no es un ejercicio académico, es la herramienta que explica por qué dos casos aparentemente similares pueden recibir tratamientos jurídicos muy distintos.
Cómo se calcula la indemnización en 2024–2026
Una de las cuestiones que más inquieta a profesionales y pacientes es la cuantificación. Y aquí conviene ser clara: no existe un baremo sanitario específico.
Guías clínicas y estadísticas médicas
Cuando existen datos científicos sólidos, los tribunales optan por un cálculo proporcional. Se parte de la indemnización que correspondería si el daño fuera imputable al cien por cien a la actuación médica y se aplica el porcentaje de probabilidad perdida, determinado mediante pericial médica.
Este método exige informes rigurosos, apoyados en guías clínicas y estudios epidemiológicos. No basta con afirmar que “habría ido mejor”. Hay que demostrar cuánto mejor, con base científica.
Daño moral y pérdida de oportunidad
Cuando la probabilidad no puede cuantificarse con precisión, la jurisprudencia reciente ha reforzado la indemnización por daño moral autónomo. Se compensa la angustia y el sufrimiento derivados de saber que una atención correcta podría haber cambiado el curso de los acontecimientos (Tribunal Supremo, 2025).
Las cuantías reconocidas en los últimos años muestran una tendencia al alza, alejándose de cifras meramente simbólicas.
El papel crítico del abogado y del perito médico
La pérdida de oportunidad es una figura que vive o muere en la prueba. El juez no es médico y necesita que la incertidumbre clínica sea traducida a un lenguaje comprensible y jurídicamente relevante.
Aquí, la coordinación entre abogado y perito resulta decisiva. Porque la idea no es intentar exagerar las cosas, sino de contextualizar la lex artis, explicar qué se hizo, qué debió hacerse y qué probabilidad se perdió.
Desde la práctica especializada, despachos de abogados de negligencias médicas en Madrid como Javaloyes Legal subrayan que esta doctrina se ha consolidado como una vía especialmente relevante cuando no es posible acreditar un nexo causal directo, pero sí demostrar la privación de una opción terapéutica objetivable conforme a la práctica médica aceptada.
No es casualidad que muchos hayan reforzado su colaboración con peritos clínicos especializados en los últimos años.
La pérdida de oportunidad no se gana con retórica, sino con ciencia bien explicada.
¿Tu caso podría encajar en una pérdida de oportunidad?
Este bloque no sustituye una valoración profesional, pero puede servir como orientación inicial.
⚖️ Autoevaluación de Viabilidad Jurídica
Este protocolo permite identificar si su caso cumple los requisitos doctrinales para ser analizado bajo la figura de probabilidad frustrada.
Si estas circunstancias concurren, el caso podría analizarse desde la perspectiva de qué es la pérdida de oportunidad en negligencias médicas, evitando el falso dilema entre todo o nada.
Cuando el daño no es el resultado, sino la oportunidad perdida
La doctrina de la pérdida de oportunidad no pretende reescribir el pasado ni castigar resultados adversos inevitables. Pretende algo más incómodo: reconocer que en medicina el tiempo y las decisiones crean o destruyen opciones reales, y que privar de esas opciones también es causar un daño.
Entender qué es la pérdida de oportunidad en negligencias médicas implica aceptar que la justicia sanitaria no puede exigir a la ciencia certezas que no puede ofrecer. Implica asumir que la incertidumbre no exonera automáticamente de responsabilidad y que el Derecho, cuando quiere ser justo, debe adaptarse a la complejidad de la práctica clínica.
Referencias consultadas:
- Universidad Pontificia Comillas. (2023). Análisis jurisprudencial: la teoría de la pérdida de oportunidad en el ámbito de la responsabilidad civil sanitaria. Repositorio Comillas.
- Sociedad Española de Oncología Médica. (2024). El cáncer en cifras. SEOM. https://seom.org/prensa/el-cancer-en-cifras
- García-Gómez, P., et al. (2016). Responsabilidad por pérdida de oportunidad asistencial en patología oncológica maligna en la medicina pública española. Gaceta Sanitaria, 30(6), 440–446. https://www.gacetasanitaria.org
- Tapia Hermida, A. J. (2024). Responsabilidad civil médica y seguro: doctrina de la pérdida de oportunidad. Sentencia núm. 204/2024 del Tribunal Supremo. https://ajtapia.com

































